Frecuentemente, los manuales de políticas de cumplimiento regulatorio de entidades financieras han incluido una sección llamada ‘Clientes Prohibidos’. Estos apartados enumeraban los tipos de clientes no deseados por el banco, como casinos, negocios relacionados con marihuana, distribuidores de metales preciosos y vendedores de armas de fuego o su distribución. Las decisiones de los bancos para rechazar servicios a estos clientes se basaban en aspectos económicos para reducir el riesgo del banco y los costos de cumplimiento asociados con la integración y monitoreo para detectar y reportar actividades sospechosas. Sin embargo, estas decisiones también estaban influenciadas por estándares éticos cuando la naturaleza del negocio de ciertos clientes no coincidía con los valores de la junta directiva y el equipo gerencial del banco.
La Ley de la Cámara de Representantes de Florida N.º 3 (HB3) está a punto de introducir cambios significativos en el proceso de integración de clientes en las entidades financieras del estado, impactando a una amplia gama de empresas, desde ‘depositarios públicos calificados’ hasta negocios de servicios monetarios y compañías de finanzas al consumidor. Esta legislación establece disposiciones clave que ahora exigen evaluaciones de riesgo individualizadas y prohíben prácticas de toma de decisiones consideradas ‘inseguras e insalubres’ según lo definido por la ley. A medida que las entidades financieras de Florida se ajustan a estos cambios, es crucial que comprendan las implicaciones y los requisitos de cumplimiento establecidos en HB3 para asegurar un cumplimiento total.
Aspectos Clave de la Ley HB3
Evaluaciones de Riesgo Personalizadas: Según la HB3, las instituciones financieras ahora deben tomar decisiones sobre la prestación o negación de servicios basadas en factores de riesgo específicos para cada cliente actual o potencial. Este enfoque requiere una evaluación personalizada para la aprobación del cliente.
Prohibición de Prácticas Inseguras y Perjudiciales: La ley establece un nuevo estándar que considera ciertas prácticas de integración de clientes como ‘inseguras y perjudiciales’. Ahora se prohíbe a las instituciones financieras rechazar, cancelar o discriminar servicios basándose en una serie de criterios.
La ley HB3 prohíbe a las instituciones financieras basar las decisiones de servicio al cliente en cualquiera de los siguientes criterios:
Opiniones Políticas, Discurso o Afiliaciones: La aprobación del cliente no puede verse influenciada por sus opiniones políticas, discurso o afiliaciones.
Creencias Religiosas, Ejercicio o Afiliaciones: No se permite la discriminación basada en creencias religiosas, prácticas o afiliaciones.
Estándares No Cuantificables, Imparciales y Basados en Riesgos: Cualquier otro criterio que no sea cuantificable, imparcial y basado en riesgos.
Puntuaciones de Crédito Social: Se prohíbe el uso de puntajes de crédito social, incluida la consideración de factores como opiniones políticas, creencias religiosas, propiedad legal de armas de fuego, participación en actividades relacionadas con armas de fuego, negocios relacionados con la industria de los combustibles fósiles y más.
Antecedentes Legales y Políticos
El 13 de febrero de 2023, el gobernador de Florida, Ron DeSantis (R), junto con la presidenta del Senado de Florida, Kathleen Passidomo, y el presidente de la Cámara de Representantes, Paul Renner, anunciaron la legislación con el propósito de “proteger a los floridanos del movimiento ESG (ambiental, social y de gobernanza) ‘despierto’ que continúa proliferando en todo el sector financiero”. Los promotores de la legislación buscaron “resguardar las inversiones de los floridanos y su capacidad para participar en la economía”. El 20 de febrero de 2023, el representante de Florida Bob Rommel (R-Naples) presentó el Proyecto de Ley de la Cámara de Representantes de Florida N.º 3 en la Cámara de Representantes de Florida (la Ley), modificando ciertas disposiciones estatutarias de Florida relacionadas con el sector financiero del estado.
El 2 de mayo de 2023, la versión final del proyecto de ley, después de pasar por el Senado de Florida liderado por los republicanos, fue aprobada y firmada por el gobernador DeSantis, entrando en vigor el 1 de julio de 2023.
Implicaciones para las Instituciones Financieras de Florida
El incumplimiento del nuevo estándar de “prácticas inseguras e insalubres” o el requisito de una declaración anual sería considerado una violación de la ley pertinente de Florida y podría resultar en sanciones y penalizaciones para la institución financiera. Además, la HB3 otorga poderes al Fiscal General y al Comisionado de Regulación Financiera para hacer cumplir estas disposiciones en su totalidad.
Es importante destacar que participar en una “práctica insegura e insalubre” también contravendría la Ley de Prácticas Comerciales Engañosas e Injustas de Florida (FDUTPA), lo cual representa un cambio significativo con respecto a la ley actual de Florida. Actualmente, las instituciones financieras con licencia en Florida están exentas de la FDUTPA.
Perspectivas Futuras
La aprobación de la HB3 plantea desafíos significativos para los equipos de cumplimiento en el sector bancario de Florida, ya que deben llevar a cabo y documentar evaluaciones razonables, cuantitativas, imparciales y basadas en riesgos sobre los clientes a quienes el banco busca denegar servicios para cumplir con la nueva ley. A medida que las instituciones navegan por la transición hacia una supervisión regulatoria más estricta, los oficiales de cumplimiento se encuentran en la vanguardia. Adoptar un enfoque proactivo de gestión de riesgos y cuantificar los costos adicionales de cumplimiento en sistemas y personal permitirá a los equipos de cumplimiento manejar efectivamente los requisitos de la HB3. Llevar a cabo de manera metódica los pasos regulatorios precisos ayudará a los bancos a incorporar los requisitos de la ley en todas sus operaciones.
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